delvallePor: Isabel Lecanda Sánchez
Gerente Jurídico Laboral, Jugos Del Valle-Santa Clara

El cambio en la legislación del trabajo en México determina una transformación histórica en la dinámica de las relaciones laborales y sindicales y está motivada entre otros factores, por:

  • La firma del Tratado México Estados Unidos y Canadá (TMEC)
  • La ratificación del Convenio 98 (OIT)
  • La reforma a la Ley Federal del Trabajo que establecerá “el cómo” de lo ya previsto en la Reforma Constitucional de 2017 y del Convenio 98.

La reforma data del 2012, con las modificaciones a Ley Federal del Trabajo introduciendo el concepto de “Trabajo Digno” evitando la discriminación laboral, estableciendo disposiciones en relación con la subcontratación, normando modalidades de contratación y adecuando los límites de los salarios caídos y causales rescisorias de la relación laboral, entre otros aspectos.

En 2015 y 2016, se aprobaron adecuaciones en el trabajo de menores (15 años edad mínima de contratación) y procesos sindicales como el recuento y el depósito de los contratos colectivos.

En 2017, se aprobó la reforma constitucional en materia de justicia laboral, enfocando la función conciliatoria y fortaleciendo los derechos de sindicación y la libertad de negociación colectiva introduciendo los principios de representatividad, transparencia y democracia en la vida de las organizaciones sindicales.

Iniciado el cuarto trimestre de 2018, se ratificó por el Senado el Convenio 98 de la OIT, sobre los derechos de sindicación y negociación colectiva, que México se obligó a implementar en 2019. Se integra también la publicación de la NORMA Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, expedida el 23 de octubre de 2018 sobre los Factores de riesgo psicosocial en el trabajo.

El 30 de noviembre de 2018, concluyó la renegociación del Tratado de Libre Comercio de Norteamérica y se le denominó Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) en el cual se incluyó el Capítulo 23-A y su anexo, que establece obligaciones específicas en materia de derechos de sindicación, negociación colectiva, libertad y democracia sindical, y el reconocimiento del ejercicio del voto personal, libre y secreto de los trabajadores en distintos actos de la vida sindical.

En diciembre se presentó en la Cámara de Diputados la iniciativa de reforma a la LFT, cuyo propósito es actualizar los lineamientos de la reforma constitucional de 2017, los principios del Convenio 98 de la OIT y las estipulaciones del Capítulo 23-A y su Anexo del T-MEC y finalmente el 1º. de mayo de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la reforma del articulado de la Ley Federal del Trabajo.

Todos esos cambios inciden sustancialmente en aspectos fundamentales de las relaciones de trabajo y como se ha comentado en el ámbito empresarial, su impacto es equiparable al que tuvo la expedición de la primera Ley Federal del Trabajo en México.

En consecuencia, las tendencias globales de los marcos legales y la obligatoriedad de este tema, nos impulsa a establecer estrategias particulares al interior de las empresas en la gestión de los recursos humanos desde el enfoque laboral en el manejo de las relaciones diarias de trabajo y el de los Sindicatos, como en el tema de la salud integral de los trabajadores. Debemos revisar y actualizar nuestros sistemas de gestión y re definir o definir nuevas políticas al respecto.

 

Dentro de las acciones particulares como responsables de relaciones laborales y recursos humanos, recomendamos ejecutar esta:

  • Desarrollar habilidades en el manejo de las relaciones laborales y del conocimiento a fondo de los aspectos legales de la relación de trabajo
  • Cumplir el contenido de los CCT
  • Respetar a la Institución Sindical y recomendar a las áreas que tratan directamente las ventajas productivas de armonizar la relación
  • Facilitar las actividades sindicales y reforzar la comunicación sin menoscabo de las necesidades de la operación
  • Permitir el derecho de afiliación y respetar la actividad sindical
  • Mantener la documentación colectiva vigente
  • Analizar sus fuentes de reclutamiento para puestos operativos y permitir que el Sindicato aporte comentarios en la selección de candidatos
  • Fortalecer la comunicación interna
  • Cuidar cumplimiento de básicos de Recursos Humanos y clima organizacional
  • Monitorear nuestras operaciones mayormente las ubicadas en las fronteras del país y aquéllas que sean remotas a las oficinas centrales
  • Revisar cláusulas contractuales tratando de eliminar cualquiera que esté ligada a salarios mínimos
  • Cerrar lo antes posible revisiones de CCT cercanas (recomendación Comisión Laboral del CCE*) evitando efectuar revisiones de varias empresas en un solo evento.
  • Revisar que los tabuladores de salarios no se encuentren muy cercanos a los SM ya sea generales o profesionales

*Consejo Coordinador Empresarial